Michael Rodriguez, 13 de marzo, 2024.
Los magistrados de la república mostraron su posición en cuanto al tema de las prisiones preventivas. El cual está en análisis en la asamblea legislativa para aprobar una serie de cambios en la ley que los magistrados consideran podría generar responsabilidades internacionales para el Estado costarricense.
“La prisión preventiva dejaría de convertirse en una medida cautelar en tanto que no existe un análisis del caso concreto, es una medida punitiva que se dicta anticipadamente porque no hay condenatoria para ese momento”, tal como indica el informe a cargo de la magistrada de la sala tercera Patricia Vargas.
POROSA
Determinar cómo lo pretende la reforma al articulo 239 del Código Procesal Penal, la prisión preventiva analizando el riesgo para “la comunidad”, podría ser una puerta abierta según los magistrados.
Ese es un concepto poroso, indeterminado y que puede generar roces de convencionalidad y constitucionalidad por vulnerar el principio de legalidad. Con la redacción propuesta no se sabe qué contenido darle a la comunidad, ¿Es el cantón, la provincia, una familia, una asociación de vecinos, el país?
DERECHOS HUMANOS
Un juez podría aplicar la prisión preventiva en todos los casos por creer que afecta a la comunidad, o no hacerlo en ninguna si entiende que el concepto es indeterminado”, fundamentan los magistrados de la república.
La otra reforma es al artículo 239 bis, asegura que los jueces deberán ordenar la prisión preventiva en casos como delincuencia organizada o en el que participen menores de edad.
“La prisión preventiva deja de ser una facultad para convertirse en una obligación de los jueces; que, se supone, se debe aplicar siempre frente a la existencia de determinados supuestos. Eso contraviene múltiples precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Los magistrados insistieron en la afectación que el proyecto tendría para el correcto funcionamiento de todo el Poder Judicial.
FOTO: MAGISTRADOS ENTREGARON INFORME LA SEMANA ANTERIOR
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